La digitalización administrativa en España da un paso definitivo con la implantación obligatoria de la facturación electrónica, una medida que afectará a todas las empresas y autónomos, incluyendo a las pequeñas y medianas empresas (PYMES).

Este cambio legal, recogido en la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley Antifraude), y reforzado por la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), tiene como objetivo mejorar la transparencia, reducir la morosidad y reforzar el control fiscal.

A continuación, te explicamos qué implica esta normativa, los plazos previstos y cómo formarte sin coste para adaptarte a tiempo.

¿Por qué será obligatoria la facturación electrónica?

El objetivo principal de estas leyes es crear un entorno empresarial más transparente, eficiente y seguro. La facturación electrónica garantiza trazabilidad, reduce el uso de papel, previene la manipulación de facturas y facilita el seguimiento por parte de la Agencia Tributaria.

Además, ayuda a controlar los plazos de pago entre empresas e impone medidas contra la morosidad comercial, uno de los mayores problemas estructurales que afectan a las pymes en España.

Plazos de implementación

Los plazos legales oficiales distan de la realidad práctica. A continuación, exponemos los plazos legales oficiales:

Tipo de sujeto obligado Plazo de adaptación Fecha límite estimada
Empresas/autónomos con facturación > 8 millones €/año 1 año desde entrada en vigor 7 diciembre 2024
Empresas/autónomos con facturación ≤ 8 millones €/año 2 años desde entrada en vigor 7 diciembre 2025
Autónomos persona física (solo estado de facturas) 3 años desde entrada en vigor 7 diciembre 2026

La realidad práctica sobre los plazos (a agosto de 2025)

Aunque los plazos legales están oficialmente establecidos, la realidad muestra una implementación más lenta:

  • La plataforma pública de facturación electrónica aún no está plenamente operativa.
  • No se han establecido sanciones claras por incumplimiento para empresas que aún no han adaptado sus sistemas.
  • Muchas pymes y autónomos están en fase de espera, mientras que los proveedores de software están trabajando en soluciones compatibles.
  • Se prevé una mayor presión y comunicación institucional a medida que se acerquen las fechas límite, especialmente a finales de 2025.

El Sistema Verifactu, que exige el uso de software certificado y envío automático de facturas a Hacienda, también será obligatorio progresivamente, primero para grandes empresas (2025) y luego para autónomos y microempresas (2026-2027).

¿Qué debe hacer una pyme para adaptarse?

Para cumplir con la ley, las empresas deberán:

  • Usar software de facturación electrónica homologado.
  • Emitir y recibir facturas electrónicas en formatos estructurados (como Facturae).
  • Conservar las facturas en formato digital durante los plazos legales.
  • Implantar medidas de firma digital y certificados electrónicos válidos.
  • Asegurar la trazabilidad y autenticidad del proceso de facturación.

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Entendemos que adaptarse a esta nueva normativa puede ser un reto para muchas pymes, especialmente en términos técnicos y organizativos. Por eso, desde Prevenfor Soluciones, ofrecemos formaciones 100% bonificables, sin coste final para tu empresa, a través de los créditos de FUNDAE.

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¿Qué recomendamos desde Prevenfor?

Aunque los plazos legales son claros, el ritmo real de implantación depende del desarrollo técnico y las directrices finales de la administración. Por ello, recomendamos a las empresas y autónomos comenzar su adaptación lo antes posible para evitar problemas cuando el cumplimiento sea obligatorio.

Fuentes oficiales

 Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. BOE Ley Antifraude.

Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. BOE Ley Crea y Crece

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Factura Electrónica – Gobierno de España.

Agencia Tributaria – Información sobre Verifactu y facturación digital.