La digitalización administrativa en España da un paso definitivo con la implantación obligatoria de la facturación electrónica, una medida que afectará a todas las empresas y autónomos, incluyendo a las pequeñas y medianas empresas (PYMES).
Este cambio legal, recogido en la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley Antifraude), y reforzado por la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), tiene como objetivo mejorar la transparencia, reducir la morosidad y reforzar el control fiscal.
A continuación, te explicamos qué implica esta normativa, los plazos previstos y cómo formarte sin coste para adaptarte a tiempo.
¿Por qué será obligatoria la facturación electrónica?
El objetivo principal de estas leyes es crear un entorno empresarial más transparente, eficiente y seguro. La facturación electrónica garantiza trazabilidad, reduce el uso de papel, previene la manipulación de facturas y facilita el seguimiento por parte de la Agencia Tributaria.
Además, ayuda a controlar los plazos de pago entre empresas e impone medidas contra la morosidad comercial, uno de los mayores problemas estructurales que afectan a las pymes en España.
Plazos de implementación
Los plazos legales oficiales distan de la realidad práctica. A continuación, exponemos los plazos legales oficiales:
| Tipo de sujeto obligado | Plazo de adaptación | Fecha límite estimada |
|---|---|---|
| Empresas/autónomos con facturación > 8 millones €/año | 1 año desde entrada en vigor | 7 diciembre 2024 |
| Empresas/autónomos con facturación ≤ 8 millones €/año | 2 años desde entrada en vigor | 7 diciembre 2025 |
| Autónomos persona física (solo estado de facturas) | 3 años desde entrada en vigor | 7 diciembre 2026 |
La realidad práctica sobre los plazos (a agosto de 2025)
Aunque los plazos legales están oficialmente establecidos, la realidad muestra una implementación más lenta:
- La plataforma pública de facturación electrónica aún no está plenamente operativa.
- No se han establecido sanciones claras por incumplimiento para empresas que aún no han adaptado sus sistemas.
- Muchas pymes y autónomos están en fase de espera, mientras que los proveedores de software están trabajando en soluciones compatibles.
- Se prevé una mayor presión y comunicación institucional a medida que se acerquen las fechas límite, especialmente a finales de 2025.
El Sistema Verifactu, que exige el uso de software certificado y envío automático de facturas a Hacienda, también será obligatorio progresivamente, primero para grandes empresas (2025) y luego para autónomos y microempresas (2026-2027).
¿Qué debe hacer una pyme para adaptarse?
Para cumplir con la ley, las empresas deberán:
- Usar software de facturación electrónica homologado.
- Emitir y recibir facturas electrónicas en formatos estructurados (como Facturae).
- Conservar las facturas en formato digital durante los plazos legales.
- Implantar medidas de firma digital y certificados electrónicos válidos.
- Asegurar la trazabilidad y autenticidad del proceso de facturación.
La formación, clave para cumplir con la ley (¡sin coste para tu empresa!)
Entendemos que adaptarse a esta nueva normativa puede ser un reto para muchas pymes, especialmente en términos técnicos y organizativos. Por eso, desde Prevenfor Soluciones, ofrecemos formaciones 100% bonificables, sin coste final para tu empresa, a través de los créditos de FUNDAE.
Los cursos que te recomendamos:
Facturación Electrónica para PYMES y firma digital
Conoce los formatos, requisitos legales y herramientas para implementar la facturación digital paso a paso.
Todo lo que necesita saber de la firma digital
Aprende a solicitar, instalar y utilizar certificados digitales de forma segura y válida en tus relaciones administrativas y comerciales.
¡No esperes a que sea obligatorio! Formarte ahora evitará sanciones, mejorará tus procesos y te colocará un paso por delante.
¿Te interesa una formación sin coste?
Contacta con nuestro equipo para más información sobre fechas, modalidades y requisitos para acceder a los cursos bonificados. Estamos aquí para ayudarte a cumplir la ley sin complicaciones ni gastos innecesarios.
¿Qué recomendamos desde Prevenfor?
Aunque los plazos legales son claros, el ritmo real de implantación depende del desarrollo técnico y las directrices finales de la administración. Por ello, recomendamos a las empresas y autónomos comenzar su adaptación lo antes posible para evitar problemas cuando el cumplimiento sea obligatorio.
Fuentes oficiales
Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. BOE Ley Antifraude.
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. BOE Ley Crea y Crece
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Factura Electrónica – Gobierno de España.
Agencia Tributaria – Información sobre Verifactu y facturación digital.


