La nueva normativa, con el objetivo de adaptar al derecho español el modelo establecido por el Reglamento Europeo General de Protección de Datos, introduce novedades mediante el desarrollo de materias contenidas en el mismo y delimita ciertos aspectos que en el Reglamento Europeo pueden resultar muy genéricos.
Una de las principales novedades que incluye la normativa es la inclusión de la garantía de los derechos digitales. A continuación, veremos las principales novedades que incluye la nueva ley.
- Consentimiento de menores y protección en Internet.
Se establece que la minoría de edad para prestar consentimiento para el tratamiento de los datos es de catorce años, siendo necesario el consentimiento del titular de la patria potestad o tutela para menores de dicha edad. Asimismo, se regula la utilización o difusión de imágenes o información personal de menores en las redes sociales
- Denuncias anónimas.
Antes de la entrada en vigor de la actual ley, no se permitía la presentación de denuncias anónimas de forma interna. Una de las novedades mas llamativas es que a partir de ahora y por primera vez las empresas podrán establecer canales internos y anónimos en los que los empleados puedan realizar denuncias que pueden constituir violaciones de leyes o códigos éticos sin que sea necesaria la identificación del denunciante.
- Videovigilancia y grabación de audio.
Se ha desarrollado un artículo expresamente para regular el derecho a la intimidad frente al uso de videovigilancia y grabación de audio en el ámbito laboral, delimitando cómo y cuándo se debe informar a los trabajadores en estas situaciones. Se deberá informar a los trabajadores previamente y de forma expresa la existencia de estos sistemas de grabación. Además no se podrán instalar en lugares de esparcimiento (vestuarios comedores…) y su uso estará limitado cuando exista un riesgo relevante de seguridad de las instalaciones y bajo el principio de responsabilidad.
- Nombramiento del DPO.
El artículo 34 de La nueva LOPD amplia y delimita el artículo 37 del RGPD para los casos que son necesarios la designación de un DPO (centros sanitarios, colegios profesionales, entidades de crédito, entidades aseguradoras…)
- Derechos digitales.
Una de las principales novedades de la nueva LOPD es el establecimiento de la garantía de los derechos digitales. Se regula la garantía del derecho al honor e intimidad personal y familiar , educación digital, libertad de expresión en Internet, derecho al olvido en buscadores, protección de datos en Internet…
- Competencia desleal.
Por último, como novedad relevante, se modifica la Ley de competencia desleal, regulando las prácticas agresivas de empresas relacionadas con el asesoramiento como la suplantación de la identidad de la Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD) o asesoramiento de nula calidad con la famosa “adaptación a coste cero”
Si, en tu actividad profesional, manejas datos personales (clientes, proveedores, empleados, socios, pacientes, colaboradores…), estás obligado a cumplir con la actual normativa de protección de datos.
No olvides que en Prevenfor te ayudamos a adaptarte a la nueva LOPD con la redacción de la documentación de la que debes disponer (Manual de Protección de Datos, contratos de confidencialidad, formatos de consentimiento..). Además disponemos de un Campus en el que tendrás toda la documentación online a tu disposición para poder mantenerla siempre actualizada y en vigor, introducir incidencias, dar de alta nuevos proveedores o clientes o poder disponer de los contratos que necesites.
(fuentes: AEPD, RGPD, LOPD 3/2018)