Cuando una empresa contrata a sus empleados y crean un vínculo laboral por medio de un contrato, es obligatorio que la empresa garantice la seguridad y salud de dichos trabajadores.
Pero ¿qué pasa con los autónomos? ¿Qué derechos y obligaciones tienen con respecto a la prevención de riesgos laborales?
Las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales se recogen en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (también conocida como LPRL).
Aunque esta ley está principalmente dirigida a la relación entre empresario y trabajador por cuenta ajena, los trabajadores autónomos que no cuenten con trabajadores a su cargo también deben regirse por ella en cuanto a los deberes de cooperación, información e instrucción si en un mismo centro de trabajo desarrollan actividades en presencia de trabajadores de otras empresas.
¿Y si soy un autónomo sin trabajadores a mi cargo?
Entonces es la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo la que regula los derechos, deberes profesionales básicos y obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales para los trabajadores por cuenta propia.
Podemos destacar tres artículos dentro de esta ley:
Entonces si trabajo en una empresa como autónomo junto a otros trabajadores; ¿qué derechos tengo?
Según el Artículo 8 ya citado, tanto la empresa como el trabajador tienen la obligación de cooperar en el cumplimiento de la normativa vigente. Además, el centro de trabajo tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para que los empresarios que desarrollen estas actividades reciban la información e instrucciones adecuadas en relación con los riesgos existentes.
En este último artículo también se incluyen el derecho del trabajador a recibir una información específica sobre el uso de máquinas, equipos de trabajo y herramientas antes de empezar su labor; y el derecho a cesar la actividad que está realizando y abandonar su puesto de trabajo si considera que el trabajo que se realiza conlleva un riesgo grave para su vida o salud.
¿Y cuáles son mis obligaciones?
Por otro lado, las obligaciones específicas de las personas autónomas referidas a la coordinación de actividades empresariales también se recogen en el Real Decreto 171/2004 así como los derechos, y son: